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‘Psicología Social y del Trabajo’ Category

Publicado originalmente en la pagina de Alberche Area Juridica

TSJM: reiterar prueba innecesaria revictimizaría a trabajador acosado

26/12/2016

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La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sección 6ª, ha confirmado una sentencia condenatoria por acoso laboral, desestimando los recursos de suplicación interpuestos tanto por la empresa como por los trabajadores autores de las conductas lesivas, y acogiendo sustancialmente los argumentos del letrado del afectado, Carlos Javier Galán, de Alberche Abogados.
El recurso de la empresa se basaba fundamentalmente en que la inadmisión de una segunda prueba pericial sobre la persona de la víctima constituía una infracción procesal grave, generadora de indefensión, por lo que solicitaba la nulidad de todas las actuaciones procesales posteriores a dicha denegación.
El TSJ considera que “el examen pericial cuyos resultados se aportaron con la demanda resultaba imprescindible porque sobre la parte actora recaía la carga de la prueba”. Subraya que dicho dictamen, del que es autora la perito Ana Isabel Gutiérrez Salegui“se fundamenta mediante una completa metodología y presenta una considerable consistencia en sus apreciaciones”, además de recordar que “existen en las actuaciones otras pruebas documentales y la testifical”.

El mero hecho de la existencia de esa pericial no ampara la interpretación de la contraparte según la cual “para garantizar la igualdad de las partes (…) la demandada tendría automáticamente el derecho a practicar de nuevo las mismas pruebas sobre la persona del demandante”. 

Ha de justificarse suficientemente la necesidad de ese segundo examen porque “el artículo 90.1 LRJS impone a las partes la carga de la previa justificación de la utilidad y pertinencia de las pruebas propuestas y no se considera suficiente a tal efecto la mera manifestación de que se pretende reiterar un reconocimiento médico y psicológico en la persona del demandante que ya ha sido practicado de manera exhaustiva”.

Afirma la sentencia que “sin ese esfuerzo de motivación de la pertinencia y utilidad de la prueba no sería responsable que los jueces autorizasen la práctica de un nuevo reconocimiento al demandante”.

Y ello porque “no se trata de una prueba pericial sobre una cosa inanimada” sino que se pretende repetir “un detallado y dilatado examen médico” sobre una persona que –en aquel momento indiciariamente- “había sufrido graves ataques a su dignidad y a su integridad física y moral”.

La parte recurrente se preguntaba con sorna si acaso la juez es médico para saber que dicha prueba puede afectar negativamente a la víctima de acoso. El TSJ es inequívoco al responder a semejante argumento: “Sin necesidad de ser un experto (…) y sólo con la sensibilidad de una persona común, no cabe negar que sea altamente inconveniente para el paciente rememorar una vez más acontecimientos como los que se narran en los hechos probados y someterse para ello de nuevo a una serie de pruebas, tests, conversaciones, etc., lo que daría lugar a lo que se viene denominando victimización procesal o secundaria”.


Publicado en Lawyerpress.com, 04.12.15 

EL FENÓMENO MOBBING EMERGE CON FUERZA EN NUESTRO PAÍS, PESE AL ESCEPTICISMO DE LOS JUECES EN SUS RESOLUCIONES 

Luisja Sánchez 

Jornada en el ICAM, organizada por su Sección Laboral, donde se analiza su vertiente psicológica y jurídica en este entorno actual de crisis. Ochenta abogados en lista de espera. Dos debates intensos, el de hace unos meses y éste, que culminaba tras tres horas intensas, donde el mobbing fue el protagonista. Un tema que interesa tanto a juristas que tienen que enfrentarse con situaciones de este tipo, como a trabajadores y profesionales que pueden llegar a sufrirlo. En esta oportunidad, Carlos Javier Galán, presidente de la Sección de Derecho Laboral del ICAM volvió a moderar el debate, que contó con los mismos protagonistas de la anterior edición, celebrada hace tan solo un mes, y que volvió a abarrotar el salón de actos de la entidad colegial madrileña con los mismos ponentes. 

Intervino en primer lugar, Ana Isabel Gutiérrez, psicóloga y experta en temas periciales, que ofreció una ponencia muy explícita sobre cómo afecta esta práctica al trabajador y que medios tiene para probar que está sufriendo de mobbing. 

Por su parte, el abogado Juan Ignacio Marcos, que coordina una iniciativa pionera como es el Observatorio Vasco sobre Acoso, profundizó en la vertiente jurídica de esta práctica y en cómo los jueces a través de sentencias muy recientes están considerando que el mobbing es un elemento que emerge en las empresas.

La creación del Observatorio Vasco sobre Acoso, hace ya trece años, ha supuesto un antes y un después en la concepción del mobbing, una práctica cada vez más frecuente en las empresas y que además de acabar con la salud de muchos profesionales culmina con su salida de la empresa, machacados psicológicamente. Es precisamente el País Vasco, el lugar de España donde las sentencias de la Sala Social empiezan a dar visibilidad a este fenómeno. “Las empresas tienen en su mano acabar con el mobbing. Depende de la propia dirección de la empresa, no ser permisivo con estos sujetos. Normalmente se les aparta o cambia de lugar, pero vuelven a generar problemas hasta que se les expulsa”, comentó Juan Ignacio Marcos en su exposición. 

Hablar de mobbing es hacerlo de conductas hostiles de un tercero para otra persona, a la que puede generar muchos síntomas depresivos y otras cuestiones para su salud y lo que realmente busca es que esa persona abandone la empresa, harta de ese machaque a todos los niveles. “Creo que cuando hay que enfrentarse con un caso de este tipo en un juicio, lo mejor es no hablar de mobbing sino presentar los hechos con todas las pruebas que tengamos y que sea el propio juez quien decida”; apuntó. También describió los diferentes daños que pueden reclamarse en esa demanda desde carácter patrimonial; moral, lucro cesante, daños personales o incluso de honor. “Las últimas sentencias estimativas dejan claro lo complicado que es establecer los llamados daños morales”, subrayó. 

Por su parte, Ana Isabel Gutiérrez en su exposición, centró el tema desde un punto de vista clínico del sufridor del acoso. Señalo que con la salida de la crisis había más ánimo en denunciar estas prácticas deleznables. Habló también del mobbing como esa conducta hostil y persistente con un gran componente psicológico que quiere generar la salida de esa persona de la organización en la que se encuentra. Habló del mobbing ascendente, poco proclive, y del descendente y horizontal, donde jefe y compañeros se encargan de que ese profesional viva un calvario laboral. En otro momento de su ponencia describió el inicio de este tipo de conductas totalmente reprobables desde pequeñas acciones “Este hostigamiento puede durar años y mina psicológicamente a la persona que lo sufre. Al final esa persona si no tiene precauciones puede meterse en una espiral depresiva que en determinados casos conduce al suicidio como escapatoria”, recordó. 

Y es que el mobbing cuando llega a una persona la cambia por completo. “Es posible que alterne comportamientos aislados en el trabajo con episodios de agresividad en su entorno familiar, junto con alteraciones del sueño, falta de apetito y otros trastornos que pueden cronificarse en el tiempo”, apuntó. El dato que dio de que las bajas por mobbing suponen unos 138 dias por año llamó poderosamente la atención de la actualidad de esta lacra. Para esta experta la persona que sufre este tipo de situación en determinados momentos puede derivar en acoso sexual en algunas situaciones. “Lo complicado de este tipo de conductas es tener las pruebas suficientes para lograr denunciar esta práctica. Ahora tanto los informes clínicos, como sobre todos los forenses aportan muchas pruebas del estado de ánimo de la víctima”. Ana Isabel concluyó su intervención dando ciertas recomendaciones para mitigar la fuerza de esta conducta hostil: “Debe contarse a la familia y tener el apoyo de ellos”, señaló.
Publicado en Lawyerpress.com, 13.10.15 
EL MOBBING Y SUS EFECTOS, A DEBATE EN EL ICAM 

La Sección Laboral de la entidad colegial, a punto de cumplir un año de vida, organiza un debate sobre esta lacra cada vez más presente en las relaciones laborales

Lleno total y un palpable interés de los asistentes en la jornada sobre Actuación Profesional del abogado ante casos de Mobbing convocada por la Sección de Derecho Laboral del Colegio de Abogados de Madrid. 

Su presidente, Carlos Javier Galán, se felicitó de poder contar con uno de los mayores expertos de nuestro país, el abogado Juan Ignacio Marcos González, que coordina una iniciativa pionera como es el Observatorio Vasco sobre Acoso y Discriminación, y con una psicóloga como Ana Isabel Gutiérrez Salegui, que une a un profundo conocimiento técnico de la cuestión su experiencia práctica como perito forense. 

Gutiérrez Salegui detalló de forma didáctica los elementos que caracterizan al mobbing, diferenciándolo de otras situaciones (estrés, burn out, falso mobbing, simulaciones, etc.). Explicó gráficamente y con ejemplos reales las fases por las que suele atravesar la víctima, desde la desorientación inicial hasta los daños psíquicos, físicos y morales que puede llegar a sufrir. La psicóloga subrayó la importancia de una buena pericial en estos casos y cuál ha de ser su contenido recomendable. Finalmente, ofreció algunos consejos para adecuadamente a las víctimas de acoso cuando acuden al despacho del abogado. 

Juan I. Marcos repasó las principales cuestiones controvertidas en lo sustantivo y en lo procesal. Con apoyo en referencias legales, en resoluciones judiciales, en su propia experiencia práctica y en la labor desarrollada en el Observatorio, analizó las actuaciones extrajudiciales indicadas en estos casos, las vías de actuación judiciales posibles y cuestiones tales como las medidas cautelares, los medios de prueba, el contenido del petitum, las dificultades en la valoración de los daños, la problemática en la ejecución de sentencias o incluso las actuaciones habituales con las que los denunciados por acoso “contraatacan” a la víctima. 

 A las exposiciones de los ponentes siguió un amplio coloquio en el que los presentes tuvieron ocasión de plantear múltiples cuestiones, tales como los criterios de prescripción, la posibilidad de denuncia a las personas concretas responsables del acoso junto con la empresa junto con numerosas consultas de índole práctica. 

Ante la gran cantidad de personas que no obtuvieron plaza, la Sección de Derecho Laboral ha anunciado la convocatoria en breve de una segunda edición. 

Esta Sección cumplirá en breve un año de actividad, en el que ha desarrollado jornadas gratuitas sobre temas tan variados como la LRJS, el Derecho Social Internacional, la jurisprudencia sobre la reforma laboral, la Seguridad Social, las empresas de Economía Social, la igualdad en las relaciones laborales, los TRADE o la actuación de detectives privados, entre otros, con ponentes de calidad y una gran participación. 
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La noticia en otros medios: 
Otrosí.net, 09.10.15 
El próximo 8 de octubre, a las 18 horas, tendrá lugar en el Salón de Actos del Colegio de Abogados de Madrid, una jornada sobre Actuación profesional del abogado ante el mobbing, con la participación de Ana Isabel Gutiérrez Salegui, psicóloga y perito forense, y Juan Ignacio Marcos, abogado ejerciente y coordinador del Observatorio Vasco de Acoso Moral en el Trabajo. El acto será presentado por Carlos Javier Galán, presidente de la Sección de Derecho Laboral  del ICAM. 
Entre otras materias se abordarán:
– Qué es el mobbing. Tipos. Fases. Elementos y síntomas. Diferencias con otras figuras 
– Actuaciones extrajudiciales frente al acoso en el trabajo 
– Acciones judiciales en jurisdicción penal, social y contencioso-administrativa. Procedimiento de tutela de derechos fundamentales y otros procesos (ordinario, despido, modificación sustancial, sanciones, extinción a instancia del trabajador).
– Medios de prueba y su problemática. Contenido de la pericial 
– Valoración de daños 
– Ejecución de sentencias 
– Actuaciones frecuentes de la empresa o personas demandadas frente a la víctima del acoso 
– Pautas y sugerencias cuando llega un caso de acoso laboral al despacho.
La asistencia es abierta a colegiados y no colegiados, y gratuita, pero previa inscripción en seccionlaboral@icam.es.

La Cámara de Comercio e Industria de Cáceres organizó los días 14 y 15 de octubre un curso sobre Prevención del estrés laboral, que corrió a cargo de la psicóloga Ana Isabel Gutiérrez Salegui, especializada en Psicología Clínica y en Psicología Social y del Trabajo y coautora del libro La empresa ante las bajas por IT.

En estos últimos años se está produciendo en España un aumento de las patologías provocadas por una mayor exigencia en el trabajo. Entre estas enfermedades destacan el estrés y el burn out entre otras. Las bajas psiquiátricas se han convertido actualmente en uno de los problemas más frecuente de las empresas españolas. El Instituto Español de Investigaciones psiquiátricas estima que el 10 % del absentismo laboral se debe a problemas como el estrés, la depresión o la ansiedad, frente al 3% europeo. Todo ello tiene como consecuencia daños a la salud y sufrimiento psicológico: la baja autoestima personal, el sentimiento de incompetencia e incapacidad laboral, la ansiedad, la depresión, el insomnio, la frustración, los miedos al día a día…, entre otros síntomas. Adicionalmente, su impacto sobre la empresa no se limita a los rendimientos, absentismo y clima laboral, sino que supone un aumento de los costes y una pérdida de productividad. Su gran prevalencia, la dificultad para establecer pronósticos de duración de las mismas, la ausencia de conocimientos acerca de las intervenciones que puede realizar la empresa para minimizar su impacto o el desconocimiento sobre las alternativas disponibles ante la sospecha de simulación por parte de un trabajador provocan que, en muchos casos, la situación se prolongue de forma innecesaria. Por ello, es importante desde la estrategia empresarial prevenir, conocer, detectar e intervenir de forma precoz en aquellos casos que lo requieran. 
El programa de la actividad fue:

1-Trastornos psicológicos: diagnósticos más frecuentes y síntomas asociados. Definición de estrés. Diagnósticos y síntomas Trastorno de estrés agudo Trastornos ansioso-depresivos. Trastornos somáticos.

2-Causas de las bajas psicológicas: Propias del puesto de trabajo. Ambiente laboral inadecuado. Estresores del ambiente físico Sobrecarga de trabajo o ausencia de carga Responsabilidades y decisiones muy importantes Individuales, familiares y sociales. Estilos de afrontamiento Absentismo, presentismo, simulación y disimulación. Definición Diferencias Herramientas básicas para la detección de la simulación. Problemas asociados al presentismo y la disimulación.

3-Prevención de problemas: Formación y habilidades para los trabajadores. Vías marcadas por la O.M.S (1): -La adopción de medidas para prevenir la enfermedad mental -La promoción de hábitos de salud -La reincorporación al trabajo de los individuos que sufran problemas de este tipo. Como desarrollar una personalidad más resistente al estrés episódico y al crónico. Otras medidas de detección de riesgos psicosociales.

 4-Detección precoz de síntomas: Intervenciones adecuadas.

 5-Situación de baja laboral: Análisis de la situación y actuación empresarial.

Por Ana Isabel Gutiérrez Salegui
Publicado en el blog jurídico ¿Hay Derecho?parte I y parte II-, 24.06.13.
 

Los trastornos mentales son, en la actualidad, una de las preocupaciones más acuciantes de organismos sanitarios, empresas, gobiernos y, por supuesto, de las personas que los sufren y su círculo cercano. Las pérdidas económicas y sociales generadas por estos trastornos han llevado a la Organización Mundial de la Salud a considerar el absentismo laboral generado por los mismos como “un problema de salud pública” y a recomendar a los responsables políticos la necesidad prioritaria de aunar esfuerzos para prevenir la enfermedad mental relacionada con el trabajo, la promoción e instauración de hábitos saludables y el fomento de la reincorporación de los trabajadores al mundo laboral. 
 
Atendiendo al listado de causas de incapacidad temporal en nuestro país, los trastornos mentales se sitúan en el segundo puesto, según un estudio publicado en el European Journal of Health Economics. La Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo (European Agency for Safety and Health at Work, EU-OSHA) señala al estrés como responsable directo de una cifra variable de entre el 50% y el 60% de las ausencias laborales.  
 
Incluso otras causas, como son los dolores músculo-esqueléticos (10% de las bajas) también podrían estar relacionadas indirectamente con este estrés y directamente con la mala educación en hábitos saludables. También los cuadros somáticos, o problemas de salud de origen inespecífico, pueden tener su origen en el estrés, así como las enfermedades recurrentes, ya que un estrés continuado provoca el deterioro progresivo del sistema inmunitario, facilitando la aparición de las denominadas “infecciones oportunistas”.
 
En función de los estudios consultados, la prevalencia de los trastornos psicológicos en las consultas de Atención Primaria varía entre un 25% y un 50%. En cualquier caso, si nos quedáramos con el dato menos alarmista, estaríamos hablando de que 1 de cada 4 personas que acuden a los Centros de Salud tiene un problema relacionado con la salud mental.
 
Sobre los pronósticos de estos cuadros a largo plazo, es fundamental señalar que, en ausencia de tratamientos adecuados, las personas afectadas por bajas mayores a seis meses de duración tienen un 80% de posibilidades de continuar con el problema durante los cinco años siguientes.
 
Si traducimos esto a términos económicos nos encontramos con que el impacto sólo de la depresión en nuestro país se ha estimado en 5.005 millones de euros anuales, según el trabajo de Valladares, Dilla y Sacristán publicado en Actas Españolas de Psiquiatría en 2009. 

El marco económico y social en el que nos encontramos, con altos niveles de inseguridad laboral, reducciones de sueldo, aumento de impuestos directos e indirectos, pérdida de poder adquisitivo en las familias, ausencia de expectativas de mejora laboral, etc., ha generado una situación de pesimismo, miedos y “estrés general”. En el momento actual y según datos oficiales, el consumo de fármacos antidepresivos y ansiolíticos se ha disparado. Eso no significa directamente que el número de personas con diagnósticos haya aumentado, sino que ha aumentado el número de personas que tienen algún síntoma psicológico y, por lo tanto, están en situación de riesgo de acabar desarrollando una enfermedad.

 
Sin embargo, la respuesta legal frente a este fenómeno no parece la adecuada. Nuestro sistema legal de bajas laborales está más bien pensado para las enfermedades y accidentes físicos y, sin embargo, resulta poco adecuado para afrontar las bajas psíquicas, a las que se aplica igualmente. 
 
Una vez que se extiende el parte de baja por causas psíquicas, nos enfrentamos a una insuficiencia de los medios disponibles para la pronta recuperación personal y laboral del afectado: déficit de cobertura a tratamientos psicológicos de calidad en el Sistema Público de Salud y escasa capacidad legal de actuación de las Mutuas cuando se trata de contingencias comunes. 
 
Nos encontramos a menudo con el uso de tratamientos farmacológicos, que inhiben o hacen desaparecer los síntomas pero sólo mientras se mantiene la medicación. A nadie se le escapa que, si no se dota de las habilidades necesarias para afrontar la situación, o  no se soluciona el problema de base que la provoca, la sintomatología reaparecerá en el momento en que se interrumpa el consumo de los fármacos, provocando que, antes o después, nos encontremos con una recaída, lo cual empeora el pronóstico desde el punto de vista de intervención psicológica. 
 
Otra clara deficiencia en este aspecto es la limitación de terapias a un número concreto de sesiones de una duración concreta. El planteamiento de limitar sesiones de psicoterapia es tan irracional como decir, de antemano, sin ver al paciente, sin valorar la gravedad del caso ni el alcance de la lesión, que cualquier lesión muscular “tiene” que curarse, sí o sí, en diez sesiones de rehabilitación. 
 
Pero, entre las personas que sufren cuadros psiquiátricos, hay que diferenciar dos grupos, tal y como lo hace la Guía de Valoración de Incapacidad Temporal para Atención Primaria. El primero, en el que estarían enfermedades neurodegenerativas y cuadros graves, como esquizofrenias de curso crónico y progresivo, trastornos bipolares, depresiones mayores con síntomas psicóticos, demencias, etc., que deben ser derivados y valorados por especialistas, de cara a plantear una posible incapacidad permanente.  Y el segundo grupo, en el que se englobarían los síndromes depresivos, distimias, trastornos de ansiedad, fobias, trastornos de la personalidad, trastornos adaptativos, etc.
 
Según el estudio epidemiológico DeDo(Depresión y Dolor), realizado por el Hospital 12 de Octubre y presentado en el Simposio “Depresión y Atención Primaria: Paradigmas en constante evolución”, el 80,4% de los pacientes que acude a las consultas de Atención Primaria refiriendo dolor inespecífico, padece algún tipo de trastorno depresivo no diagnosticado y por lo tanto, sin tratamiento. Otro estudio similar llega a la conclusión de que los síntomas físicos dolorosos (dolor de espalda, de hombros y de cabeza) aparecen como motivo de consulta en el 78% de las personas que presentan ansiedad y depresión conjuntamente. Lo más llamativo del citado estudio es que sólo el 17% del grupo con ansiedad y el 35% del grupo con ansiedad y depresión recibía un tratamiento farmacológico adecuado a su problema.
 
Esto nos sitúa ante el siguiente escollo en el abordaje: no sólo los tratamientos no son los adecuados para la óptima recuperación del paciente  sino que, adicionalmente, muchas de las personas están incorrectamente diagnosticadas.
 
Otra cuestión relacionada con estos problemas y síntomas es la influencia sobre el rendimiento, la eficacia o la accidentabilidad que potencialmente pueden tener. Este aspecto, casi imposible de cuantificar, debería ser tenido en cuenta como uno de los factores fundamentales a la hora de plantear estrategias de promoción de salud por parte de las empresas y las instituciones.
 
Junto con el absentismo nos encontramos otro problema y que, paradójicamente, nos podría suponer repercusiones igualmente serias: el presentismo. Personas que, a pesar de estar sufriendo unos síntomas, no acuden a los servicios sanitarios o, si lo hacen, ocultan su situación a la empresa por miedo a que pueda comprometer su estabilidad laboral, o que valoran que no se pueden permitir económicamente la reducción de sueldo que supone una incapacidad temporal.  
 
Este caso, anteriormente común en autónomos y  pequeños  negocios familiares, puede llevar a situaciones potencialmente graves, no sólo para la persona enferma -que va a sufrir un empeoramiento de los síntomas y, por lo tanto, del pronóstico-, sino para la empresa o incluso para terceros. Imaginemos, por ejemplo, un escenario en el que el conductor de un autobús escolar tiene un accidente bajo los efectos de fármacos que provoquen somnolencia y pérdida de reflejos. ¿Quién debería asumir las responsabilidades derivadas? ¿La empresa de trasportes? ¿El trabajador que ocultó la situación? ¿El médico que debería haberse informado del trabajo desarrollado por su paciente y especificado qué actividades eran potencialmente peligrosas bajo los efectos de los fármacos que había pautado?
 
De forma añadida, nos encontramos con que no todos los cuadros ansioso-depresivos ni los cuadros de estrés agudo tienen que llevar aparejada una baja laboral. La valoración de cada caso debe ser individual. En muchos de ellos, precisamente lo deseable sería seguir trabajando, pero esa valoración debe hacerla un especialista y disponiendo del tiempo necesario para la misma. 
 
Asimismo, como decíamos, la normativa laboral está pensada para bajas físicas y no deja margen de maniobra específica en el caso de bajas psíquicas. El sistema de incapacidad temporal es de todo o nada: o estás de baja o estás de alta. Por tanto, nos impide plantear soluciones intermedias que en muchos casos serían idóneas, como determinar una reducción parcial del tiempo de trabajo o un cambio de las funciones del paciente. Es fácil entender que si una persona padece un cuadro de ansiedad generalizada provocado por la tensión de asistencia telefónica en un departamento de quejas, esa persona podría continuar su trabajo en otro departamento, mientras se trabaja a nivel terapéutico con el paciente. Esta situación, idónea para todos los implicados, haría necesaria la articulación de una vía de comunicación en la que los equipos terapéuticos mantuvieran una comunicación fluida con la empresa, aunque con los problemas que eso plantea en cuando a la confidencialidad de diagnósticos.
 
Y, por último, para hacer aún más compleja la situación, además de los no diagnosticados o con diagnósticos erróneos, las personas con problemas para gestionar las emociones, los “rentistas” y los “disimuladores”, estarían  los “simuladores”, esto es, personas que, sin padecer problema alguno, fingen síntomas con el fin de engañar y conseguir un beneficio secundario o, a veces, huir de un conflicto laboral. 
 
Los médicos de Atención Primaria, que son las personas encargadas de la determinación de la incapacidad temporal, se encuentran no sólo con el problema la presión asistencial que lleva aparejada la limitación de tiempo para realizar la anamnesis, valoración, diagnóstico y tratamiento, sino que, además, se les pone en el papel fiscalizador de pensar que la persona que tienen delante “les puede intentar engañar”, hecho que repercute negativamente en la correcta instauración del vínculo terapéutico. Por otro lado, a pesar de que se han desarrollado técnicas y test para detectar la simulación, es verdad que la Formación Continuada, tan necesaria en disciplinas como la Medicina o la Psicología, es un aspecto en el que nuestra sanidad tiene unas más que evidentes carencias. De forma añadida, la administración y corrección de estos test requiere un tiempo del que, como hemos señalado, no disponen los facultativos.
 
¿Qué se puede hacer, en un escenario sanitario-laboral-legal tan complejo y con tantas variables en juego? El NICE ha desarrollado una Guía de Salud Publica para profesionales de la Salud Laboral y de Atención Primaria, enfocado a manejar de forma adecuada y correcta las bajas prologadas, el Management of long-term sickness and incapacity for work. Su planteamiento base es realizar intervenciones multidisciplinarias integrales y trabajar con el sujeto enfermo desde planes de tratamiento personalizados.
 
Según el informe del Grupo de Política de Salud Mental de la Escuela de Economía de Londres, publicado en el año 2006, la terapia psicológica debería ser la terapia de elección, siendo la terapia farmacológica un coadyuvante los casos de depresión, ansiedad o ambos, sobre todo en aquellos que se detectan de forma precoz, dado que, a largo plazo, la terapia psicológica muestra efectos más duraderos y es más eficaz que el tratamiento farmacológico.
 
Para ello, es fundamental detectar o autodetectar. Las intervenciones de “screening” pueden servir, al igual que los exámenes médicos anuales, para detectar a aquellas personas que presentan síntomas. Es verdad que los reconocimientos médicos con carácter general son voluntarios, pero hay algunas excepciones legales como “cuando sea imprescindible para evaluar los efectos de las condiciones de trabajo sobre la salud de los trabajadores o para verificar si el estado de salud de los trabajadores puede constituir un peligro para él mismo, para los demás trabajadores o para otras personas relacionadas con la empresa”. Para utilizar este recurso como mecanismo de control en aquellos puestos o departamentos donde la estabilidad psíquica pueda incidir de forma particular en el trabajo o por la responsabilidad laboral que tenga, es conveniente que con carácter previo se haya contemplado expresamente así y se haya justificado debidamente en el documento de evaluación de riesgos de puestos de trabajo. El mismo artículo 22 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, prevé que “el acceso a la información médica de carácter personal se limitará al personal médico y a las autoridades sanitarias que lleven a cabo la vigilancia de la salud de los trabajadores, sin que pueda facilitarse al empresario o a otras personas sin consentimiento expreso del trabajador. No obstante lo anterior, el empresario y las personas u órganos con responsabilidades en materia de prevención serán informados de las conclusiones que se deriven de los reconocimientos efectuados en relación con la aptitud del trabajador para el desempeño del puesto de trabajo o con la necesidad de introducir o mejorar las medidas de protección y prevención, a fin de que puedan desarrollar correctamente sus funciones en materia preventiva”.
 
El acceso a terapias y profesionales adecuados y la comunicación eficaz entre éstos y la empresa podrían disminuir drásticamente el número de bajas psicológicas. En muchas ocasiones, no es necesario que éstas se produzcan o, en su caso, podrían ser breves, pues puede ser suficiente con algunos días para reducir síntomas incapacitantes. Sería positivo contar con la opción legal de plantear una reducción parcial de jornada durante el tiempo de intervención. Desde la Psicología, en la mayoría de los casos de depresión y ansiedad, se postula que una baja prolongada puede contribuir a cronificar el cuadro. Pero la poca comunicación que existe entre sanitarios y empresas y, por otro lado, la inexistencia de cauces para reducir los horarios o para llevar a cabo una movilidad funcional que disminuya temporalmente la presión laboral, desde el punto de vista administrativo o de política de empresa, dificulta enormemente el abordaje correcto de estos trastornos.
 
Creo que la introducción de esta posibilidad repercutiría tremendamente en la reducción de costes para empresas, Mutuas y Seguridad Social, en la reducción de la cantidad y el tiempo de  las bajas laborales, en la reducción del consumo farmacológico y en el aumento de la salud y la satisfacción de los trabajadores.
 
Como se ha dicho anteriormente, desde la Psicología se postula que las bajas de larga duración en la mayoría de estos casos pueden ser contraproducentes, pero también es verdad que, si el origen de la situación está en las condiciones laborares o en determinados factores dependientes del puesto de trabajo y estos no se modifican, el tratamiento incidiendo solamente sobre el individuo puede resultar una sucesión de bajas de corta duración o una baja prolongada. En muchas ocasiones pequeños o moderados ajustes de horarios (la medicación hace dormir más o la capacidad de atención y concentración requiere frecuentes pequeños descansos), funciones (menor responsabilidad durante un tiempo), puesto de trabajo (alejarle temporalmente del trato con el publico si es el factor que le provoca más ansiedad), etc. podrían repercutir beneficiosamente en todos los implicados, afectados y empresas.
 
Algunas de los aspectos para abordar los tratamientos deben modificarse desde la empresa, pero para ello debe establecerse de antemano como realizar la comunicación y quiénes son las personas, dentro del entorno laboral (médicos de empresa, aseguradoras, personal de recursos humanos, etc.) adecuados, así como el complejo tratamiento de los datos que se manejan.
 
Ante la sospecha de simulación, o cuando las bajas son recurrentes y se busca el mejor tratamiento con el fin de normalizar el correcto funcionamiento de la empresa, se puede solicitar que el trabajador sea examinado al margen del seguimiento que se le hace desde el Sistema Nacional de Salud. La empresa lo puede solicitar a su Mutua, lo puede hacer a través de médicos de empresa o puede concertarlo con profesionales externos. Por descontado, el contenido de ese reconocimiento del estado psíquico del paciente es confidencial y el empresario no podrá conocerlo; sólo sabrá finalmente si es “apto” o “no apto”, pero puede hacer esos reconocimientos. Y la negativa del trabajador a someterse, determinaría que el empresario pudiera suspender los derechos económicos que sean a su cargo (por ejemplo los complementos o mejoras económicas que pague la empresa durante la situación de incapacidad temporal).
 
Es evidente que tenemos una labor ingente para mejorar la situación económica y social de nuestro país. También una responsabilidad como sanitarios para garantizar a nuestros pacientes los mejores tratamientos, que adicionalmente son los más baratos a largo plazo. En definitiva, curar a los enfermos y desenmascarar los fraudes. Es una cuestión, sobre todo, de voluntad política. No parece que, en un tema en el que todos saldríamos beneficiados -profesionales, enfermos, empresas y Administración Pública- sea tan difícil articular, entre todos, la forma de conseguir este objetivo. 

La psicóloga Ana Isabel Gutiérrez, coautora del libro La empresa ante las bajas por incapacidad temporal, intervino el pasado 17 de mayo en el acto público de presentación de este volumen, que tuvo lugar en la Universidad CEU San Pablo de Madrid. Tomaron también la palabra Valle Molinero, Directora de Programas de Fundación Confemetal, Antonio Salas, Director de Prestaciones Económicas de la Mutua Fremap, y Carlos Javier Galán, abogado y coordinador de la obra.

Para Ana Isabel Gutiérrez Salegui, así como en las bajas físicas hay unas pruebas objetivas, una observación, una analítica… y hay menos opción de que se discutan, las bajas psíquicas plantean una situación más compleja. 

Llamó la atención sobre la relevancia que van a cobrar este tipo de enfermedades. La Organización Mundial de la Salud ya dio la alerta al declarar los trastornos mentales como un problema de salud pública. Y, según algunos cálculos, en España el coste sólo de la depresión –sin tener en cuenta otros trastornos- puede rondar los 5.000 millones de euros anuales.

Según esta autora, cuando realmente hay un cuadro clínico instaurado o un cuadro subclínico que va desarrollándose, evidentemente hay que tomar medidas tanto sanitarias como laborales. 

Considera que debe ponerse el acento en ayudar al enfermo, pero que también hay que desenmascarar a los que se hacen pasar por tales. En su capítulo, la psicóloga ha abordado por ello fenómenos como la simulación, la disimulación o la neurosis de renta.

Recalcó la importancia de la formación continua de los profesionales sanitarios -que lamentablemente hoy muchas veces depende de su propio tiempo y su propio dinero-, puesto que existen herramientas específicas y marcadores para detectar la simulación y para diagnosticar cuadros. 

Reclamó una adecuada política preventiva en el seno de las empresas, así como que se contemplase en la normativa una mayor flexibilidad legal para la reincorporación en los casos de bajas psíquicas, sin que fuera necesario optar necesariamente por el todo o nada en cuanto a actividad laboral, lanzando al paciente al vacío.

Ana Isabel Gutiérrez asegura que su capítulo y el libro en general están escritos de forma que cualquier persona, independientemente de su formación, pueda entender los aspectos que se tratan.

En la presentación del acto, previamente Valle Molinero había afirmado que “este libro, de una forma práctica, amena y sencilla, trata desde los distintos ámbitos el problema de las bajas laborales”. 

Antonio Salas reclamó mayor participación de las Mutuas en el proceso y reivindicó los buenos resultados de las políticas preventivas implementadas en el seno de las empresas. 

El coordinador del libro, Carlos Javier Galán, subrayó la actualidad social de esta temática, recordando varias noticias recientes, y afirmó que la disminución de las bajas laborales, a través de su prevención y control, es una responsabilidad que requiere la implicación de todos. 

La empresa ante las bajas por incapacidad temporal está publicado por FC Editorial y escrito por el abogado Carlos Javier Galán, la también abogada y profesora M. Paz Martín, la psicóloga Ana Isabel Gutiérrez, el director de prestaciones económicas de Fremap Antonio Salas y el detective privado David Sanmartín. Puede adquirirse en librerías o dirigiéndose directamente al  departamento comercial de la editorial.

(Video del acto cortesía de Vorácine e IF3 Social Media. Fotografía: Nacho Torres).

La revista Iuris, dedicadada a la actualidad y práctica del Derecho, es otro de los medios de comunicación que ha reseñado el volumen colectivo La empresa ante las bajas por incapacidad temporal, coordinado por el abogado Carlos Javier Galán y del que es coautora la psicóloga Ana Isabel Gutiérrez quien participa con el capítulo sobre problemática de las bajas psiquiátricas. Iuris está publicada por la editorial La Ley, del grupo Wolters Kluwer, e incluye la referencia a esta obra en su sección de libros del número de junio 2012.

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