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Publicado originalmente en la pagina de Alberche Area Juridica

TSJM: reiterar prueba innecesaria revictimizaría a trabajador acosado

26/12/2016

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La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sección 6ª, ha confirmado una sentencia condenatoria por acoso laboral, desestimando los recursos de suplicación interpuestos tanto por la empresa como por los trabajadores autores de las conductas lesivas, y acogiendo sustancialmente los argumentos del letrado del afectado, Carlos Javier Galán, de Alberche Abogados.
El recurso de la empresa se basaba fundamentalmente en que la inadmisión de una segunda prueba pericial sobre la persona de la víctima constituía una infracción procesal grave, generadora de indefensión, por lo que solicitaba la nulidad de todas las actuaciones procesales posteriores a dicha denegación.
El TSJ considera que “el examen pericial cuyos resultados se aportaron con la demanda resultaba imprescindible porque sobre la parte actora recaía la carga de la prueba”. Subraya que dicho dictamen, del que es autora la perito Ana Isabel Gutiérrez Salegui“se fundamenta mediante una completa metodología y presenta una considerable consistencia en sus apreciaciones”, además de recordar que “existen en las actuaciones otras pruebas documentales y la testifical”.

El mero hecho de la existencia de esa pericial no ampara la interpretación de la contraparte según la cual “para garantizar la igualdad de las partes (…) la demandada tendría automáticamente el derecho a practicar de nuevo las mismas pruebas sobre la persona del demandante”. 

Ha de justificarse suficientemente la necesidad de ese segundo examen porque “el artículo 90.1 LRJS impone a las partes la carga de la previa justificación de la utilidad y pertinencia de las pruebas propuestas y no se considera suficiente a tal efecto la mera manifestación de que se pretende reiterar un reconocimiento médico y psicológico en la persona del demandante que ya ha sido practicado de manera exhaustiva”.

Afirma la sentencia que “sin ese esfuerzo de motivación de la pertinencia y utilidad de la prueba no sería responsable que los jueces autorizasen la práctica de un nuevo reconocimiento al demandante”.

Y ello porque “no se trata de una prueba pericial sobre una cosa inanimada” sino que se pretende repetir “un detallado y dilatado examen médico” sobre una persona que –en aquel momento indiciariamente- “había sufrido graves ataques a su dignidad y a su integridad física y moral”.

La parte recurrente se preguntaba con sorna si acaso la juez es médico para saber que dicha prueba puede afectar negativamente a la víctima de acoso. El TSJ es inequívoco al responder a semejante argumento: “Sin necesidad de ser un experto (…) y sólo con la sensibilidad de una persona común, no cabe negar que sea altamente inconveniente para el paciente rememorar una vez más acontecimientos como los que se narran en los hechos probados y someterse para ello de nuevo a una serie de pruebas, tests, conversaciones, etc., lo que daría lugar a lo que se viene denominando victimización procesal o secundaria”.


Publicado en Lawyerpress.com, 13.10.15 
EL MOBBING Y SUS EFECTOS, A DEBATE EN EL ICAM 

La Sección Laboral de la entidad colegial, a punto de cumplir un año de vida, organiza un debate sobre esta lacra cada vez más presente en las relaciones laborales

Lleno total y un palpable interés de los asistentes en la jornada sobre Actuación Profesional del abogado ante casos de Mobbing convocada por la Sección de Derecho Laboral del Colegio de Abogados de Madrid. 

Su presidente, Carlos Javier Galán, se felicitó de poder contar con uno de los mayores expertos de nuestro país, el abogado Juan Ignacio Marcos González, que coordina una iniciativa pionera como es el Observatorio Vasco sobre Acoso y Discriminación, y con una psicóloga como Ana Isabel Gutiérrez Salegui, que une a un profundo conocimiento técnico de la cuestión su experiencia práctica como perito forense. 

Gutiérrez Salegui detalló de forma didáctica los elementos que caracterizan al mobbing, diferenciándolo de otras situaciones (estrés, burn out, falso mobbing, simulaciones, etc.). Explicó gráficamente y con ejemplos reales las fases por las que suele atravesar la víctima, desde la desorientación inicial hasta los daños psíquicos, físicos y morales que puede llegar a sufrir. La psicóloga subrayó la importancia de una buena pericial en estos casos y cuál ha de ser su contenido recomendable. Finalmente, ofreció algunos consejos para adecuadamente a las víctimas de acoso cuando acuden al despacho del abogado. 

Juan I. Marcos repasó las principales cuestiones controvertidas en lo sustantivo y en lo procesal. Con apoyo en referencias legales, en resoluciones judiciales, en su propia experiencia práctica y en la labor desarrollada en el Observatorio, analizó las actuaciones extrajudiciales indicadas en estos casos, las vías de actuación judiciales posibles y cuestiones tales como las medidas cautelares, los medios de prueba, el contenido del petitum, las dificultades en la valoración de los daños, la problemática en la ejecución de sentencias o incluso las actuaciones habituales con las que los denunciados por acoso “contraatacan” a la víctima. 

 A las exposiciones de los ponentes siguió un amplio coloquio en el que los presentes tuvieron ocasión de plantear múltiples cuestiones, tales como los criterios de prescripción, la posibilidad de denuncia a las personas concretas responsables del acoso junto con la empresa junto con numerosas consultas de índole práctica. 

Ante la gran cantidad de personas que no obtuvieron plaza, la Sección de Derecho Laboral ha anunciado la convocatoria en breve de una segunda edición. 

Esta Sección cumplirá en breve un año de actividad, en el que ha desarrollado jornadas gratuitas sobre temas tan variados como la LRJS, el Derecho Social Internacional, la jurisprudencia sobre la reforma laboral, la Seguridad Social, las empresas de Economía Social, la igualdad en las relaciones laborales, los TRADE o la actuación de detectives privados, entre otros, con ponentes de calidad y una gran participación. 
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La noticia en otros medios: 
Otrosí.net, 09.10.15 
El próximo 8 de octubre, a las 18 horas, tendrá lugar en el Salón de Actos del Colegio de Abogados de Madrid, una jornada sobre Actuación profesional del abogado ante el mobbing, con la participación de Ana Isabel Gutiérrez Salegui, psicóloga y perito forense, y Juan Ignacio Marcos, abogado ejerciente y coordinador del Observatorio Vasco de Acoso Moral en el Trabajo. El acto será presentado por Carlos Javier Galán, presidente de la Sección de Derecho Laboral  del ICAM. 
Entre otras materias se abordarán:
– Qué es el mobbing. Tipos. Fases. Elementos y síntomas. Diferencias con otras figuras 
– Actuaciones extrajudiciales frente al acoso en el trabajo 
– Acciones judiciales en jurisdicción penal, social y contencioso-administrativa. Procedimiento de tutela de derechos fundamentales y otros procesos (ordinario, despido, modificación sustancial, sanciones, extinción a instancia del trabajador).
– Medios de prueba y su problemática. Contenido de la pericial 
– Valoración de daños 
– Ejecución de sentencias 
– Actuaciones frecuentes de la empresa o personas demandadas frente a la víctima del acoso 
– Pautas y sugerencias cuando llega un caso de acoso laboral al despacho.
La asistencia es abierta a colegiados y no colegiados, y gratuita, pero previa inscripción en seccionlaboral@icam.es.

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