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‘Estafa’ Category

Recientemente el programa “Repor” de TVE ha centrado su atención en el tema de las estafas en prestamos de capital privado, sobre el que Ana Isabel Gutierrez Salegui, ha realizado un exhaustivo estudio de analisis del “modus operandi” publicado en el blog jurídico Hay Derecho?.

En él explica como  engañar a una persona puede ser producto de la suerte o de vulnerabilidades previas de la victima concreta. Cuando se trata de un numeroso grupo de afectados es habitual tener detrás un cuidadoso diseño del modus operandi, estudiado para disminuir la atención, la percepción y solventar las precauciones y dudas que, en cualquier persona, cuando está en juego su patrimonio y el de su familia, aparecen.
Si bien aparentemente en el análisis individual parece que puede haber diferencias entre casos, al realizar una apreciación conjunta de toda la casuística se observan con facilidad los patrones comunes. Para ser más concretos, la existencia de un grupo de víctimas, con diferentes perfiles socio-educativos, distintas profesiones y circunstancias, nos indica que, más allá de las diferencias individuales de esa casuística, adaptadas a las circunstancias anteriores, tenemos un estudiado método de distracción y malabarismo psicológico.
En la estafa el modus operandi se articula en torno a la psicología de la víctima, en cómo conseguir que una persona, en las circunstancias adecuadas, por predisposición (situación de necesidad económica) o  creadas artificialmente (ansiedad ante una espera forzada,) disminuya sus defensas (juicio crítico) y acceda a meterse inconscientemente en la trampa que se le ha urdido.

Una pequeña parte del trasfondo de esta forma de actuar se explica en el documental de REpor (RTVE)

Publicada en sinkingintheshadow.wordpress.com

Tras un primer post aludiendo al trabajo que lleva a cabo Alberche Área Jurídica, contactamos directamente con Carlos Javier Galán, titular del despacho, colegiado del  Ilustre Colegio de Abogados de Madrid.
Como abogado , ha llevado a cabo un intenso ejercicio profesional en todos los ámbitos jurisdiccionales. También ha ejercido de profesor, ha dado numerosas conferencias y ha escrito varios libros y artículos jurídicos. Además de multitud de apariciones en los medios, como Onda Cero, Cuatro, La Sexta o TVE.
Nos dirigimos a él para realizarle una breve entrevista, que no tiene desperdicio, sobre su visión y experiencia con el Shadow Banking y de lo que este conlleva en el plano jurídico.

¿Qué le llevó a especializarse en este ámbito?
“Seguramente no queda muy glamouroso decirlo, pero la verdad es que inicialmente fue el azar el que me acercó a esta realidad, aunque luego mi sentido de la responsabilidad hizo que me implicara en ella. Mi dedicación desde hace años está centrada con preferencia en una materia completamente ajena a este mundo, como es el Derecho Laboral. Sin embargo, el caso de un amigo al que no podía decir que no, me hizo toparme con un fenómeno prácticamente desconocido y, sin embargo, de grandes dimensiones en nuestro país: las estafas en préstamos hipotecarios de capital privado. Y, aunque no fuera mi área habitual de trabajo, acabé tirando del hilo, primero sorprendido, luego indignado y finalmente concienciado. Y adquirí un compromiso personal y profesional con el colectivo de víctimas de estas prácticas”.

¿Dónde está el límite legal del Shadow Banking? ¿Dónde está el delito si el estafado acepta previamente unos términos?
 “El Shadow Banking en un concepto amplio que aludiría a todo el sistema de crédito extrabancario y, en principio, no tendría por qué tener connotaciones negativas: la existencia de un sistema de crédito alternativo a los bancos puede resultar muy positivo. El problema es cuando ese sector, como sucede en España, está regulado de forma muy deficiente y, además, esa escasa normativa tiene un grado de incumplimiento elevado.
Las estafas de prestamistas son una de las consecuencias de la falta de control.
En el ámbito civil, aunque el prestatario acepte unos términos de forma voluntaria, si lo hace frente a un profesional y, por tanto, sin capacidad de negociar individualmente las condiciones, hay que aplicar la normativa de consumidores, que protege a la parte  más débil. Y pueden existir cláusulas abusivas y, por tanto, legalmente nulas aunque hayan sido aceptadas formalmente.
El ámbito penal entra en juego cuando ha existido, como es frecuente, un engaño deliberado para que la víctima haga una disposición patrimonial en perjuicio propio, y el consentimiento prestado es fruto de ese engaño planificado”.

¿Qué ocurre cuando la persona estafada gana el caso? ¿Y cuándo lo pierde?
“Si lo gana en vía civil, se declaran nulas las cláusulas abusivas y no se aplican o incluso en algunas ocasiones la nulidad afecta a la operación en su conjunto. Si lo ganase en vía penal, se impondría una pena al estafador condenado y de ordinario el contrato fruto de la estafa será nulo.
Por el contrario, si lo pierde, en vía civil se seguirá adelante la ejecución hipotecaria contra su vivienda. Y en vía penal, el denunciado será declarado inocente y la operación será válida”.

¿Cuál es su porcentaje de casos ganados en este ámbito?
“En vía civil los casos de declaración de cláusulas abusivas son elevados, prácticamente todos los préstamos de capital privado que conocemos tenían cláusulas que han resultado nulas: en intereses de demora, en intereses remuneratorios, en tasaciones no profesionales realizadas a la baja, etc.
En algunos casos –pocos aún, aunque la cifra es creciente- se llega a archivar por completo la propia ejecución hipotecaria.
En penal nosotros aún no hemos llegado a juicio. Nuestra labor empezó hace dos años y los casos aún están en fase de instrucción. Al haberse firmado ante notario y, además, existir poco conocimiento judicial de esta realidad, la dificultad probatoria es inmensa. Pero vamos avanzando”.

¿Las denuncias están aumentando o disminuyendo?
“Las denuncias por este tipo de prácticas crecen. El cierre del grifo del crédito bancario hizo que los prestamistas de capital privado fueran un recurso para muchas personas con dificultades económicas. Y, por tanto, eso hizo aumentar los abusos y los engaños.
Las redes sociales y hecho de que los afectados se hayan asociado en la plataforma Stop Estafadores (www.stop.estafadores.blogspot.com), ayudan a que haya mayor información, mayor apoyo y mayor conciencia”.

 ¿Podría hablarnos de algún caso concreto y anónimo de algún cliente víctima de este tipo de estafas?
“Podríamos hablar de centenares de casos con nombre propio, todos con un denominador común: personas con una situación económica apremiante, con dificultad o imposibilidad de acceso al crédito bancario y con un inmueble libre de cargas o con pequeñas cargas que es el objeto del deseo de los estafadores, que buscan apropiarse de él con un desembolso real irrisorio, un negocio redondo.
En todos los casos se les engaña con distintas estratagemas para firmar sin ser conscientes un capital superior al que realmente reciben, con un plazo de devolución muy breve, con unos intereses de demora disparatados y con una tasación de su vivienda a la baja.

Una psicóloga, Ana Isabel Gutiérrez Salegui, ha publicado un reciente estudio, muy interesante, para comprender los mecanismos de cómo se consigue este engaño: http://hayderecho.com/2014/10/01/estafas-en-prestamos-hipotecarios-claves-psicologicas-del-engano-a-las-victimas

¿Podría darnos el nombre de alguna red que se anuncie actualmente?
“La red a la que hemos detectado mayor volumen de operaciones presuntamente delictivas y de denuncias es la que encabeza el prestamista Antonio Arroyo Arroyo, con una nutrida red de intermediarios.
 Pero hay varios prestamistas que, siempre desde el absoluto respeto a su presunción de inocencia, sí podemos decir que tienen denuncias de afectados que les acusan de actuar de forma muy similar, como es el caso de las firmas Lumafuresa, Credit Garpi o Centro Financiero Micenas en Madrid, Angel Gómez Martínez y Francesc Josep García Alandete en la zona de Levante; Manuel Piedra Ortas en Andalucía; García Renduelles en la zona Noroeste de España…
Nos hemos encontrado un caso en la Comunidad Valenciana, el de Juan Manuel Hita, que asegura ante notario ser un prestamista particular, no profesional, y resulta que en los últimos años ha tenido centenares de derechos inscritos sobre inmuebles.
En Murcia, hay una red, la de Omarcux y Créditos Murcia, que tiene muchas denuncias por estafas y en la actualidad sigue ejecutando desahucios. En Cataluña, son también muchas las denuncias contra AFV Unión Hipotecaria. Son sólo algunos ejemplos, porque por desgracia hay muchos más”.
En resumen, Carlos Javier Galán nos muestra como el Shadow Banking llegó hasta él por azar y como le ha absorbido debido al número de victimas que han ido proliferando en los últimos años, y que desgraciadamente lejos de disminuir, están aumentando.
Con estas respuestas logramos arrojar luz sobre como se esta tratando este tema en el plano jurídico en nuestro país, en el que la connotación negativa del Shadow Banking procede directamente de la falta de regulación de estas entidades no bancarias.

“El problema es cuando ese sector, como sucede en España, está regulado de forma muy deficiente y, además, esa escasa normativa tiene un grado de incumplimiento elevado”.

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